Condiciones generales

Estos términos y condiciones deben leerse junto con un Contrato de Servicios que, por sus términos, los incorporará por referencia o los tendrá impresos en el reverso o adjuntos. El Contrato de Servicios contendrá lo siguiente:

  1. Nombre, estatuto, dirección del país/estado de constitución y dirección de correo electrónico del Abonado.
  2. Detalles de los Servicios a contratar, incluido el Precio.
  3. Fecha del Contrato de Servicios.
  4. Fecha de inicio de los Servicios ("Fecha de inicio").
  5. Lugar en el que se utilizará el Servicio. Método de prestación del Servicio.
  6. Plazo inicial y duración del Contrato de Servicios.
  7. Nombre y cargo de la persona que ejecuta en nombre del Suscriptor

1. DEFINICIONES

1.1. En las presentes Condiciones Generales, los siguientes términos tendrán el significado que se les atribuye a continuación:

"Fecha de Aniversario significa la fecha en que se cumplen doce meses desde la Fecha de Inicio, y doce meses desde cualquier Fecha de Renovación subsiguiente.

"Los gastos se refiere a todas las sumas establecidas en el Contrato de Servicios y pagaderas de conformidad con las presentes Condiciones Generales y el Contrato de Servicios.

"Fecha de Inicio" significa la fecha en la que comienzan los Servicios, tal y como se establece en el Contrato de Servicios, o cualquier otra fecha que las Partes acuerden por escrito.

"Información Confidencial" significa el Contrato de Servicios y todas las demás comunicaciones documentales, electrónicas u orales intercambiadas entre las Partes en relación con el mismo, incluidas todas las facturas, y toda la información relativa a los negocios y asuntos de cada una de las Partes, sus clientes, clientes y proveedores y toda la demás información en cualquier forma que sea de carácter confidencial que cualquiera de las Partes pueda obtener por razón de pueda obtener por razón de su prestación o uso de los Servicios prestados en virtud de los términos del Contrato de Servicios.

"EDI significa el proveedor de los Servicios.

"Plazo inicial significa el plazo inicial del Contrato de Servicios tal y como se establece en el mismo.

"Uso interno permitido" hace referencia a los derechos concedidos al Suscriptor en relación con el uso de los Datos, tal y como se especifica en el Contrato de Servicio y en las presentes Condiciones Generales.

"Fecha de Renovación" significa la fecha del primer Aniversario, o cualquier otra fecha que las Partes designen.

"Suscripción" se refiere a la cuota de suscripción anual o trimestral por la prestación de los Servicios establecida en el Contrato de Servicios. Para evitar dudas, y sin perjuicio de cualquier acuerdo que EDI pueda suscribir en relación con el pago de la Suscripción por parte del Abonado, todos los Servicios de EDI se prestan sobre la base de que el Periodo de Suscripción mínimo es de un año.

"Período de suscripción significa el Periodo Inicial y cualquier periodo de renovación posterior.

"Abonado la persona a la que EDI va a prestar los Servicios.

"Servicios se refiere a los productos de EDI especificados en el Contrato de Servicios.

"Contrato de Servicios" se refiere al acuerdo entre EDI y el Abonado, que incorpora las presentes Condiciones Generales.

1.2 La referencia a cualquier ley o disposición legal incluye una referencia a dicha ley o disposición legal consolidada o promulgada de nuevo.

1.3 Las referencias a las cláusulas son, salvo que se disponga lo contrario, referencias a las cláusulas de las presentes Condiciones Generales.

1.4 Los títulos y subtítulos se insertan únicamente por comodidad y no forman parte de las presentes Condiciones Generales.

1.5 Las presentes Condiciones Generales forman parte del Contrato de Prestación de Servicios. El Suscriptor reconoce y acepta que los Términos y Condiciones se aplicarán a la prestación de los Servicios, a menos que el contexto indique expresamente lo contrario, y entrarán en vigor a partir de la Fecha de Inicio.

1.6 En caso de conflicto entre cualquier disposición del Contrato de Servicios y una disposición de las Condiciones Generales, prevalecerán las Condiciones Generales, salvo que el contexto indique expresamente lo contrario.

1.7 El Abonado acepta y reconoce que las presentes Condiciones Generales no pretenden constituir la base de ninguna oferta al Abonado para la prestación de los Servicios. La prestación de los Servicios está sujeta a la celebración de un Contrato de Servicios entre EDI y el Abonado.

2. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EDI

2.1 EDI prestará los Servicios al Abonado con arreglo a lo estipulado en el Contrato de Servicios, que incorpora las presentes Condiciones Generales.

2.2 Por el presente documento, EDI concede al Abonado una licencia intransferible y no exclusiva para acceder y utilizar, mediante suscripción, los datos de EDI indicados en el Contrato de Servicios (los "Datos") alojados por EDI de conformidad con las presentes Condiciones Generales. El suscriptor se compromete a utilizar los datos exclusivamente para fines internos de su empresa ("uso interno permitido").

2.3 EDI pondrá todo el cuidado razonable en la recopilación de la información que forme parte de los Servicios.

2.4 EDI se reserva plena libertad editorial en cuanto a la forma y el contenido de los Servicios y, si esas modificaciones no suponen un cambio sustancial de los Servicios, EDI podrá modificarlos de vez en cuando con un preaviso razonable por escrito.

3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ABONADO

3.1 El Abonado deberá:

(a) No venderá, divulgará ni distribuirá externamente los datos facilitados por EDI a cambio de ninguna contraprestación monetaria o de otro tipo;

(b) Se esforzará razonablemente por cumplir las condiciones de cualquiera de las Autorizaciones aquí establecidas;

(c) El Suscriptor puede autorizar a usuarios individuales a acceder a los Datos y utilizarlos mediante la asignación de identificadores de usuario y contraseñas a cada uno de dichos usuarios (un "Usuario Identificado"), siempre que los Datos no sean utilizados por más Usuarios Identificados que el número de Usuarios Identificados especificado en el Contrato de Servicios;

(d) El Suscriptor no intentará (i) alterar, modificar, mejorar, aplicar ingeniería inversa, interferir, desensamblar o descompilar los Datos y/o el alojamiento de los Servicios mediante los cuales se suministran los Datos; ni (ii) sublicenciar o transferir ninguno de los derechos del Suscriptor en virtud del presente Contrato, salvo que se estipule lo contrario en el presente Contrato;

(e) Pagar los gastos a su vencimiento.

4. LOS CARGOS

4.1 La obligación del Suscriptor de pagar la Suscripción comenzará en la Fecha de Inicio.

4.2 Al término del Periodo Inicial, y en cada Fecha de Aniversario posterior, los gastos de Suscripción aumentarán en un importe del seis por ciento (6%) ("el Incremento Anual").

4.3 En caso de que las cuotas de abono aumenten en un importe distinto del incremento anual, el abonado podrá rescindir el presente contrato en la fecha en que el incremento o incrementos se hagan efectivos (la "fecha de entrada en vigor"), notificándolo a EDI antes de la fecha de entrada en vigor, tras lo cual EDI le reembolsará la parte del abono que corresponda a cualquier periodo posterior a esa fecha que ya haya abonado.

4.4 Todos los Cargos se declaran netos de IVA/impuestos sobre las ventas y cualquier retención/impuesto deducido en origen ("TDS") y deberán pagarse en su totalidad en fondos compensados sin compensación, deducción o reducción por ningún motivo dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la fecha de la factura. Si la legislación local exige al suscriptor la deducción del TDS, éste se aplicará a los cargos netos de IVA/impuesto sobre las ventas, y el suscriptor deberá garantizar la entrega del certificado de retención de impuestos correspondiente al final del siguiente trimestre natural. Para los clientes de la India, el formulario de retención de impuestos adecuado es el Formulario 16A. El plazo de pago será esencial.

5. REPRESENTANTES Y GARANTÍAS

5.1 Aunque EDI se ha esforzado diligentemente por garantizar la exactitud, integridad, puntualidad y secuencia correcta de los Datos, el Abonado acepta que ni EDI ni los terceros proveedores de software, Datos o servicios de EDI tendrán responsabilidad alguna por la exactitud, integridad, puntualidad o secuencia correcta de dichos Datos o información, ni por ninguna decisión tomada o acción emprendida por el Abonado basándose en dichos Datos.

5.2 EDI garantiza que actuará con la diligencia y destreza razonables en la prestación de los Servicios.

5.3 Todas las demás garantías implícitas, condiciones y términos, ya sean implícitos por ley o de otro modo, quedan excluidos en la máxima medida permitida por la ley.

5.4 EDI excluye expresamente toda responsabilidad, y el abonado reconoce que es el único responsable en todo momento, de la realización periódica de copias de seguridad de los datos del abonado de acuerdo con las mejores prácticas del sector.

6. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD

6.1 El Abonado reconoce que EDI ha fijado sus precios y ha suscrito el presente Contrato basándose en las limitaciones de responsabilidad y las exenciones de garantías y daños y perjuicios que aquí se establecen, y que las mismas constituyen una base esencial de la negociación entre las Partes.

6.2 Salvo en los casos en que una Parte alegue fraude o incumplimiento doloso:

6.2.1 La responsabilidad total máxima de cada Parte y el único recurso de cada Parte con respecto a todas las reclamaciones presentadas contra la otra Parte que surjan de o en relación con el Contrato de Servicios serán daños y perjuicios, que no excederán el importe pagado o pagadero por el Suscriptor en concepto de Suscripción anual vigente en ese momento de conformidad con los términos del Contrato de Servicios.

6.2.2 Ninguna de las Partes será responsable de ninguna pérdida especial, indirecta o consecuente sufrida por la otra Parte. Ninguna de las Partes será responsable ante la otra Parte por lucro cesante, pérdida de negocio, pérdida de datos, pérdida de contratos, pérdida de ahorros, pérdida de uso o cualquier otra pérdida económica.

6.3 Cualquier limitación de responsabilidad establecida en el Contrato de Servicios no se aplicará con el fin de restringir o limitar la responsabilidad de una Parte por muerte o lesiones personales causadas por su negligencia, o cuando hacerlo sería contrario a cualquier ley aplicable.

6.4 Ninguna de las Partes tendrá responsabilidad alguna frente a la otra por reclamaciones presentadas por una de las Partes más de dos años después de la fecha de terminación del Contrato de Servicios..

7. INDEMNIDAD

7.1 Cada Parte indemnizará a la otra Parte y la mantendrá indemne contra cualquier reclamo de terceros por cualquier persona, alegando pérdida o daño causado a o a través de esa persona resultante de información corrupta comprendida en los Datos cuando la corrupción sea atribuible a cualquier acto u omisión de cualquier empleado, agente o contratista de la parte indemnizadora. Esta indemnización será de un importe máximo igual al valor anual del contrato entre las Partes.

8. CONFIDENCIALIDAD

8.1 Las Partes mantendrán la confidencialidad de la Información Confidencial a menos que:

8.1.1 La Información Confidencial ya era legalmente conocida, o pasó a ser legalmente conocida por cualquiera de las Partes de forma independiente;

8.1.2 La Información Confidencial es de dominio público o pasa a serlo, salvo que EDI o el Abonado la utilicen o divulguen indebidamente;

8.1.3 La divulgación o utilización de la Información Confidencial es necesaria para llevar a cabo el Contrato de Servicios, y dicha divulgación ha sido acordada por escrito por las Partes;

8.1.4 La divulgación sea exigida por ley a cualquier gobierno, departamento gubernamental, agencia, organismo o autoridad reguladora o fiscal y a sus agentes autorizados y asesores profesionales.

8.2 EDI y el Abonado velarán por que sus empleados, agentes y subcontratistas cumplan lo dispuesto en la presente cláusula. Si así lo solicita una de las Partes, la otra se asegurará de que sus empleados, agentes y subcontratistas firmen directamente un compromiso de confidencialidad razonable en la forma aprobada por la otra Parte, actuando razonablemente.

8.3 Las obligaciones de esta cláusula continuarán sin límite en el tiempo, pero no se aplicarán en las circunstancias descritas en las cláusulas 8.1.1 y 8.1.4.

8.4 Ninguna de las Partes podrá hacer ningún anuncio de prensa o publicitar este contrato de ninguna manera, sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte.

9. PLAZO

9.1 El Contrato de Servicios entrará en vigor en la Fecha de Inicio.

9.2 El Contrato de Servicios continuará vigente durante el Periodo Inicial y, posteriormente, hasta su rescisión por cualquiera de las Partes. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 15, el Contrato sólo podrá ser rescindido por una de las Partes mediante notificación por escrito a la otra ("la Notificación") con una antelación mínima de 90 (noventa) días al siguiente aniversario de la Fecha de Inicio. La Notificación surtirá efecto y el Acuerdo se considerará resuelto en el siguiente aniversario de la Fecha de Inicio.

10. PROPIEDAD

10.1 EDI y/o sus proveedores poseen todos los derechos, títulos e intereses sobre los Datos, otro software, hardware y demás tecnología utilizada en relación con la prestación de los Servicios por parte de EDI, incluidos todos los derechos de propiedad intelectual a nivel mundial sobre los mismos. Los Datos están protegidos por derechos de autor.

10.2 El abonado se compromete a no reproducir, retransmitir, divulgar, vender, distribuir, publicar, emitir, hacer circular o explotar comercialmente dichos datos e información de ninguna manera sin el consentimiento expreso de EDI, ni a utilizar dichos datos o información con fines ilícitos o contrarios a los términos del presente contrato o a los términos de cualquier contrato independiente que EDI haya puesto en conocimiento del abonado.

10.3 Los suscriptores deben tener en cuenta que algunos de los servicios pueden contener datos SEDOL y que el uso de dichos servicios puede requerir que el suscriptor disponga de una licencia de la Bolsa de Londres. Para más información sobre las condiciones de dichas licencias, consulte la siguiente dirección:
https://www.lseg.com/content/dam/lseg/en_us/documents/sedol/sedol-masterfile-pricing-and-policy-guidelines-2023.pdf
.

10.4 Nada de lo aquí dispuesto se interpretará como concesión al Abonado de una licencia o cualquier otro derecho en virtud de patentes, marcas, secretos comerciales o derechos de autor que EDI pueda tener u obtener en relación con el Software o la información, salvo lo expresamente dispuesto en el presente documento.

10.5 Para que EDI pueda garantizar el cumplimiento de las condiciones del presente Contrato y, en particular, de las estipuladas en la cláusula 2.2 anterior y en la presente cláusula 10 , EDI podrá, como máximo una vez cada doce (12) meses y previo aviso por escrito con al menos sesenta (60) días de antelación, realizar por sí misma, o designar a un tercero debidamente cualificado ("el Auditor") para que realice, una auditoría del uso de los Datos por parte de un Abonado ("la Auditoría"). La Auditoría también tendrá lugar en los locales del Abonado que éste, en consulta con EDI, haya considerado el lugar más adecuado para llevarla a cabo. El alcance de la auditoría se limitará a una demostración de todas las bases de datos y/o productos y/o servicios ("los productos del abonado") en los que el abonado utilice los datos, y a una demostración de los procesos mediante los cuales se gestionan los datos entrantes, incluido el control de su difusión dentro del abonado, para determinar cómo se utilizan los datos ("las demostraciones"). El único objetivo de las Demostraciones es demostrar al Auditor que no se ha producido ningún incumplimiento del requisito de Uso Interno Permitido únicamente.

El Informe de Auditoría incluirá todas las pruebas documentales en las que se haya basado el Auditor para establecer las Conclusiones de la Auditoría ("las Conclusiones"), y el Informe de Auditoría se pondrá a disposición del Abonado tan pronto como haya sido aceptado por EDI.

10.6 Para evitar dudas, el EDI no exigirá normalmente información sobre los clientes del abonado.

10.7 Si la Auditoría determina que el Abonado está utilizando los Datos de alguna manera que contraviene materialmente los términos del presente Contrato, EDI se reserva el derecho, a su entera discreción, de exigir que:

10.7.1 El abonado reembolsará a EDI la totalidad de los costes de la auditoría;

10.7.2 El abonado reembolsará a EDI, en concepto de indemnización, todos los costes y gastos que EDI sufra como consecuencia del uso indebido de los datos por parte del abonado, incluidos, entre otros, (i) los costes de la auditoría y (ii) un ajuste de las tarifas que represente la diferencia entre las tarifas que figuran en el contrato y las tarifas que EDI habría aplicado por un contrato cuyos términos permitieran un uso distinto del uso interno permitido. los costes de la auditoría y (ii) un ajuste de las tarifas que represente la diferencia entre las tarifas que figuran en el contrato y las que EDI habría aplicado en caso de un contrato cuyas condiciones permitieran usos distintos del uso interno permitido.

10.8 Los derechos de auditoría de EDI se ejercerán en todo momento de acuerdo con las normas de buenas prácticas del sector de la información. En particular, deberán perturbar lo menos posible las operaciones comerciales del Abonado y cumplir los requisitos de seguridad y confidencialidad de éste. Toda la información, documentos o materiales obtenidos en relación con dicha auditoría se considerarán información confidencial.

11. INDEMNIZACIÓN POR PROPIEDAD INTELECTUAL

11.1 En caso de que un abonado tenga conocimiento de que un tercero afirma que los datos o servicios infringen los derechos de autor, los derechos de marca registrada o las patentes de dicho tercero (una "supuesta reclamación de derechos de propiedad intelectual"), el abonado deberá notificarlo por escrito a EDI en un plazo de 14 (catorce) días a partir de la recepción de dicha supuesta reclamación de derechos de propiedad intelectual.

11.2 EDI indemnizará, defenderá y mantendrá indemne al abonado frente a cualquier reclamación o procedimiento que se incoe contra él sobre la base de una supuesta reclamación de propiedad intelectual, siempre que:

11.2.1 Se haya notificado a EDI por escrito y sin demora dicha reclamación;

11.2.2 Se otorga a EDI la autoridad y el control exclusivos de la defensa o resolución de dicha supuesta reclamación de derechos de propiedad intelectual ("la acción legal"); y

11.2.3 El abonado facilitará toda la información y asistencia razonables que EDI le solicite para la defensa o resolución de cualquier acción legal. EDI se compromete a pagar todos los daños y perjuicios y costas (incluidos los honorarios razonables de los abogados) que un tribunal competente imponga finalmente al abonado como consecuencia de cualquier acción legal.

12. ANUNCIOS PÚBLICOS

12.1 Ninguna de las partes podrá utilizar el nombre o las marcas de la otra, ni hacer referencia a su identidad, en anuncios, publicidad, material promocional de marketing o correspondencia, a menos que haya obtenido previamente el consentimiento por escrito de la otra parte, si bien EDI podrá utilizar el nombre del abonado en materiales que contengan listas de abonados que EDI pueda publicar o utilizar con fines promocionales ocasionalmente, siempre que:

12.1.1 El nombre del Suscriptor no aparecerá con mayor prominencia que los nombres de los demás Suscriptores en dichas listas.

12.1.2 El nombre del abonado no se utilizará de ninguna manera que implique un respaldo especial del EDI por parte del abonado.

13. IDENTIFICACIÓN

El Abonado es responsable de garantizar la confidencialidad de su identificación y contraseña corporativas, así como de las identificaciones y contraseñas de los Usuarios Identificados de los Servicios. En ningún caso EDI será responsable de las obligaciones anteriores en caso de incumplimiento de las mismas por parte del Abonado.

14. PROTECCIÓN DE DATOS

14.1 Ambas Partes reconocen y aceptan que han cumplido, y seguirán cumpliendo, todos los requisitos legales pertinentes relativos al almacenamiento, transferencia, suministro y uso de los Datos y de los datos personales.

14.2 El abonado garantiza que obtendrá el consentimiento de todos los usuarios (incluidos, aunque sin limitarse a ellos, los usuarios designados), y de otros terceros, cuando los datos personales de dichos terceros sean tratados por EDI en nombre del abonado, según lo exija la prestación de los servicios. El abonado se compromete a indemnizar a EDI por todos los costes, pérdidas, gastos, daños y perjuicios en que pueda incurrir como consecuencia del incumplimiento de esta garantía.

15. RESCISIÓN

15.1 Sin perjuicio de los derechos que le asisten en virtud del presente Contrato, EDI podrá suspender inmediatamente la totalidad o parte de la prestación de los Servicios si el Abonado no abona alguno de los Cargos en la fecha de vencimiento. Además, EDI podrá rescindir el Contrato de Servicios si el incumplimiento que ha dado lugar a la suspensión es una infracción de la cláusula 3.1(e) y no se subsana en un plazo de siete días a partir de la notificación de requerimiento de pago por parte del Abonado.

15.2 Cualquiera de las Partes podrá rescindir inmediatamente el Contrato de Servicios mediante notificación por escrito a la otra Parte si:

15.2.1 La otra Parte comete un incumplimiento sustancial de cualquiera de las cláusulas del Contrato de Servicios (que no esté contemplado en la cláusula 15.1 anterior) y (en el caso de un incumplimiento subsanable) no subsana el incumplimiento en el plazo de treinta días a partir de la solicitud por escrito de la Parte que no ha incumplido;

15.2.2 Se adopte una resolución o se dicte una orden para la liquidación de la otra Parte (que no sea con fines de fusión o reconstrucción solvente) o la otra quede sujeta a una orden de administración o se nombre un síndico o administrador judicial o un acreedor hipotecario tome posesión de cualquiera de los bienes de la otra o la otra sufra cualquier proceso análogo en virtud de cualquier ley extranjera.

16. CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN

16.1 La rescisión del Contrato de Servicios por cualquier motivo no afectará a los derechos u obligaciones devengados o adquiridos por cualquiera de las Partes y que pudieran existir con anterioridad a su rescisión.

16.2 En caso de rescisión del Contrato de Servicios por cualquier motivo:

16.2.1 La prestación de los Servicios finalizará automáticamente;

16.2.2 El abonado abonará inmediatamente a EDI todos los gastos pendientes;

16.2.3 EDI abonará al abonado el importe del abono correspondiente a cualquier periodo posterior a la finalización del Contrato de Servicios, menos el importe de los gastos pendientes de pago.

17. FUERZA MAYOR

17.1 Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la disminución de los Cargos, retraso o incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato de Servicios derivadas de cualquier causa o causas fuera de su control razonable (un "Evento de Fuerza Mayor"), incluyendo, sin limitación:

17.1.1 Inundación, tormenta u otra catástrofe natural.

17.1.2 Guerra, hostilidades, revolución, disturbios o desórdenes civiles.

17.1.3 Destrucción, avería (permanente o temporal), funcionamiento defectuoso o daños en locales, instalaciones, equipos o materiales (incluidos equipos o programas informáticos o registros) pertenecientes a EDI.

17.1.4 La introducción o modificación de cualquier ley o reglamento, o cualquier cambio en su interpretación o aplicación por parte de cualquier autoridad; o

17.1.5 Cualquier medida adoptada por una autoridad gubernamental o pública o cualquier organismo de la Comunidad Económica Europea, incluida la no concesión o la demora en la concesión de una autorización, exención o habilitación; o

17.1.6 Cualquier huelga, cierre patronal u otra acción industrial; o

17.1.7 Cualquier incumplimiento de contrato o incumplimiento o insolvencia de un tercero, excluyendo un agente o subcontratista de la Parte que invoca la exención y una empresa del mismo grupo que la Parte que invoca la exención que puede ser proporcionada por esta cláusula; o

17.1.8 Cualquier incumplimiento por parte de un Proveedor de Datos en la entrega de los datos contratados, cuando dichos datos formen parte de los Datos, durante más de 3 (tres) días laborables consecutivos.

17.2 La Parte que invoque el Evento de Fuerza Mayor deberá:

17.2.1 Notificar por escrito la Causa de Fuerza Mayor a la otra Parte tan pronto como sea razonablemente posible, indicando el inicio y el alcance de la Causa de Fuerza Mayor, la causa de la misma y su duración estimada;

17.2.2 Hacer todo lo razonablemente posible para mitigar los efectos de la Causa de Fuerza Mayor sobre el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato de Servicios;

17.2.3 Reanudar el cumplimiento de sus obligaciones tan pronto como sea razonablemente posible tras la finalización de la Causa de Fuerza Mayor.

18. ASIGNACIÓN

Una de las Partes del Contrato de Servicios sólo podrá ceder o transferir de otro modo cualquiera de sus derechos u obligaciones en virtud de dicho Contrato, en su totalidad o en parte, con el consentimiento previo por escrito de la otra, que no se denegará injustificadamente.

19. INTERESES LEGALES

Si el abonado no efectúa el pago íntegro de conformidad con el presente Contrato de Servicio, EDI podrá cobrar intereses sobre el importe pendiente desde la fecha de vencimiento hasta el pago íntegro, a un tipo del 2% por encima del tipo básico de préstamo vigente en cada momento del HSBC UK Bank plc.

20. GENERAL

20.1 Ninguna indulgencia, retraso o concesión de tiempo por cualquiera de las Partes en o antes de hacer cumplir el Contrato de Servicios operará como una renuncia a los derechos de esa Parte en virtud del Contrato de Servicios ni operará para impedir la ejecución o el ejercicio de los derechos de esa Parte en virtud del Contrato de Servicios.

20.2 Nada de lo dispuesto en el Contrato de Servicios constituirá o se interpretará como el establecimiento de una relación de asociación, empresa conjunta o agencia entre las Partes a ningún efecto.

20.3 La ilegalidad, invalidez o inaplicabilidad de cualquiera de los términos, condiciones o disposiciones del Contrato de Servicios no afectará a la legalidad, validez o aplicabilidad de los restantes términos, condiciones o disposiciones. En caso de que un tribunal, árbitro o autoridad competente considere que alguno de los términos, condiciones o disposiciones es ilegal, inválido o inaplicable, las Partes acuerdan sustituir las disposiciones por otras tan similares como sea posible a las disposiciones infractoras sin que por ello resulten ilegales, inválidas o inaplicables.

20.4 El Abonado no estará facultado para obligar a EDI en modo alguno.

20.5 El presente acuerdo podrá ejecutarse en uno o más ejemplares, cada uno de los cuales, en su conjunto, constituirá un único acuerdo.

20.6 Los derechos y recursos de cada una de las Partes en virtud del Contrato de Servicios son acumulativos y no excluirán ningún derecho o recurso previsto por la ley o de otro modo.

20.7 En caso de incumplimiento o violación del presente Acuerdo por cualquiera de las Partes, la Parte que no haya incumplido o que haya incumplido tendrá derecho a recuperar, además de otras compensaciones permitidas por la ley, todas las costas y gastos de litigio y los honorarios de abogados en que haya incurrido como consecuencia de dicho incumplimiento o violación.

20.8 Nada de lo dispuesto en esta cláusula 20 limitará la responsabilidad de cualquiera de las Partes en caso de fraude.

21. AVISOS

21.1 Toda notificación a una Parte realizada en virtud del Contrato de Servicios se enviará en mano o por correo prepagado de primera clase (o correo aéreo si se envía internacionalmente) o por mensajero o por correo electrónico.

21.2 Las notificaciones se enviarán a la dirección de una de las Partes que figure en el Contrato de Servicios, o por correo electrónico a EDI a j.bloch@exchange-data.com y al Abonado a INSERT EMAIL ADDRESS. No obstante, si la Parte ha notificado por escrito a la Parte destinataria otra dirección para la entrega de notificaciones en virtud del Contrato de Servicios, la notificación se enviará a dicha dirección.

21.3 Una notificación enviada en un país a una dirección en el mismo país se considerará notificada el segundo día hábil siguiente a su envío. Una notificación enviada en un país a una dirección en otro país se considerará notificada el décimo día hábil siguiente a su envío.

21.4 La cláusula 21.3 no se aplicará a una notificación si se produce una suspensión, reducción o interrupción nacional o local de los servicios postales que afecte a la recogida de la notificación o sea tal que no pueda esperarse razonablemente que la notificación se entregue dentro de los dos días hábiles siguientes a la siguiente recogida.

21.5 Una notificación enviada por correo electrónico se considerará notificada el día de la transmisión, siempre que se garantice la prueba del éxito de la transmisión.

21.6 Una Parte no intentará impedir o retrasar la notificación de una notificación en virtud del Acuerdo de Servicios.

21.7 En esta Cláusula:

21.7.1 "Dirección" incluye una dirección de correo electrónico;

21.7.2 "Notificación" incluye cualquier demanda, consentimiento u otra comunicación;

21.7.3 "Día hábil" significa un día en el que los bancos están abiertos en la ciudad u otro lugar al que se envía la notificación.

22. ACUERDO COMPLETO

22.1 El Contrato de Servicios constituye el acuerdo completo entre las Partes con respecto al objeto del Contrato de Servicios y no existen condiciones, garantías, términos, representaciones, contratos colaterales, promesas u otras obligaciones escritas, orales o implícitas distintas de las contenidas expresamente en el Contrato de Servicios.

22.2 Nada de lo dispuesto en esta Cláusula limitará la responsabilidad de cualquiera de las Partes en caso de fraude.

23. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN

23.1 El Contrato de Servicios se rige por las leyes de Inglaterra y Gales.

23.2 Las Partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales de Inglaterra con respecto a cualquier disputa, asunto o reclamación que pueda surgir de o en relación con los Servicios.

23.3 Las partes confirman su intención de no conferir ningún derecho a terceros en virtud de este Acuerdo y, en consecuencia, la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999 no se aplicará a este Acuerdo.